Reglamento General de uso del Gimnasio
CLUB CENTENARIO
1. Artículo 1°. – De los usuarios
1.1. Quedan habilitados para la utilización del gimnasio las personas que se encuentren al día tanto en sus cuotas sociales como en sus cuotas por el usufructo del gimnasio y otras obligaciones contraídas con el Club Centenario.
1.2. La practica de cualquier disciplina dentro del gimnasio es de exclusiva responsabilidad del interesado y se les exigirá un control medico de rutina antes de comenzar cualquier programa de acondicionamiento físico para que el mismo pueda realizarlo sin riesgos a su salud.
1.3. La práctica de todas las modalidades deportivas practicadas en los recintos del gimnasio habilitados para ese efecto, se realizarán con vestimentas y calzados adecuados para cada caso, como ser: calzados deportivos, remera, camisilla, jogging, buzo, short, ciclista, atuendo y uniformes propios para la práctica de Artes Marciales, Yoga o gimnasia acrobática.
1.4. Las clases de Taekwondo ITF estilo Choi Jung Hwa se regirán por los estatutos de la ITF internacional de dicho estilo. Las clases de Karate Do estilo shinkyokushinkai se regirán por los estatutos de dicha Federación
1.5. Es obligatorio para los/las socios/as la utilización de una toalla dentro del Gimnasio, por higiene y preservación de las colchonetas y otros materiales utilizados para la práctica deportiva de su elección. Para la práctica de spinning (cycling indoor) es obligatorio el uso de elementos de hidratación (botellas de agua).
1.6. Para utilizar el gimnasio los socios menores de 18 años deberán presentar una nota escrita de autorización del padre y/o madre, certificado médico donde conste la aptitud del hijo/a de socio/a para realizar ejercicios físicos, que deberá ser renovado cada año. Así mismo, cada socio deberá presentar un acta de exoneración de responsabilidad firmada por el mismo o por los padres, en el caso de los menores, que se les proveerá en la Secretaría del Gimnasio.
1.7. La edad mínima para la práctica de pesas y musculación es de 15 años; para spinning o ciclyng indoor y cintas es de 12 años (con la salvedad de que deben pagar el arancel de uso del gimnasio correspondiente), para la práctica de Artes Marciales es de 06 años cumplidos, para las clases de gimnasia sin pesas, baile o yoga 12 años; y para gimnasia acrobática es de 03 años.
1.8. El socio/a que desee retirar implementos para utilizarlos fuera del local del gimnasio, es responsable por la higiene y manutención del mismo, y, deberá dejar su carné de socio ante el funcionario encargado del recinto, quien anotará los implementos retirados y la hora de entrega. El carné le será devuelto una vez regresados los implementos de referencia. Esta circunstancia esta expresamente prohibida para los equipos, implementos y demás accesorios utilizados en Artes Marciales.
1.9. Los alumnos practicantes de Artes Marciales que no pudieran observar las reglas y normas establecidas para cada disciplina y por lo tanto interfirieran en el buen desarrollo de las clases serán plausibles de sanciones por parte de los instructores. Si se incurriere en comportamiento inadecuado e inobservancia de las reglas y normas antes establecidas los instructores informarán a la sub.-comisión de artes marciales quien previa evaluación podrá reservarse el derecho de admisión a la clase del infractor.
1.10. En los horarios de clases de todas las modalidades deportivas practicadas con Instructor dentro del Gimnasio y en especial, Artes Marciales, el socio que no participe de las mismas no podrá realizar ningún tipo de actividad durante el desarrollo de las mismas dentro del recinto y deberá observar un comportamiento adecuado a fin de no interferir el buen desarrollo de la clase.
2 Articulo 2°. – De los profesores e instructores
2.1. El Club contratara profesores especializados para las diferentes modalidades o disciplinas.
2.2. El Club habilitara una nomina de entrenadores personales que podrán ser contratados por los socios para las practicas de las diversas disciplinas.
2.3. Los profesores y entrenadores personales deberán estar habilitados por el M.S.P. y B.S. para tales funciones, y estar con el registro al día. Los instructores de Artes Marciales y Yoga deberán contar con su certificación correspondiente del organismo rector de su disciplina o modalidad.
2.4. El precio por los servicios de los entrenadores personales será acordado mutua y exclusivamente entre alumno y profesor. El club no se hace responsable del incumplimiento por parte del alumno de las cuotas pactadas. En caso de incumplimiento del horario por parte del profesor, el alumno/socio tiene derecho a quejarse a la Secretaria de Gimnasio la cual llamara la atención al Profesor bajo apercibimiento de rescindirle el Contrato.
2.5. Los entrenadores personales registraran en los controles del gimnasio sus horarios de entrada y salida, así como remitir a la Sub Comisión correspondiente, la nomina de socios a los que presta sus servicios en forma mensual.
2.6. Los entrenadores personales se comprometerán al buen uso y cuidado de todos los implementos e instalaciones del Club utilizados para las clases y serán responsables de cualquier daño que se produjera en las instalaciones.
2.7. Los entrenadores personales prestarán todo el apoyo requerido por el Club para la realización de torneos u otros eventos en las diversas disciplinas desarrolladas, así como su explicación, enseñanza y difusión a través de la revista del Club u otros medios.
2.8. Los entrenadores se comprometerán a la preparación, en caso de ser requerida, de los socios que compitan representando al Club en competencias nacionales e internacionales.
2.9. Los entrenadores personales habilitados, suscribirán el respectivo contrato con el Club, a través del Departamento de Recursos Humanos.
3 Artículo 3°. – Prohibiciones y normas
3.1. El Gimnasio es un ambiente de salud y bienestar, por lo tanto está prohibido fumar dentro del recinto del mismo.
3.2. Los socios no podrán manipular los controles del aire acondicionado, solo el encargado del recinto estará autorizado a modificar la temperatura de los mismos.
3.3. Queda prohibido al socio cambiar o manipular el equipo de sonido o televisor, el cual estará a cargo exclusivamente del profesor o el encargado del recinto.
3.4. El socio/a también tendrá prohibido ingresar al recinto del Gimnasio con taquillas de fútbol, descalzo, con zapatillas o sandalias, excepto para la práctica de Artes Marciales, Yoga o alguna clase especial de gimnasia.
3.5. En la sala de cintas no se podrán realizar ejercicios de estiramiento sobre las máquinas, ni utilizarlas como apoyo.
3.6. Queda prohibido el manejo o manipulación de las pesas, mancuernas, aparatos, implementos y demás equipos con violencia o descuido.
3.7. En todas las modalidades de entrenamiento que se desarrollan dentro del Gimnasio debe ser respetada la rutina del profesor, el cual está plenamente capacitado para desarrollar metodológicamente las clases. Además es obligación del socio/a tratar al profesor, así como a las personas encargadas del gimnasio, con la debida cordialidad y respeto. Toda persona que inicie sus entrenamientos sea la modalidad que fuere, deberá dar aviso al/la profesor/a y seguir puntualmente sus indicaciones y técnicas a fin de evitar lesiones y accidentes.
3.8. Al término de cada actividad, el socio/a deberá colocar los elementos utilizados por el mismo, sean estas mancuernas, pesas, barras, steps, colchonetas, tobilleras, protectores de manos y pies, manoplas, paletas, escudos protectores, etc., en sus respectivos lugares de modo a mantener ordenada el área de práctica.
3.9. Los objetos personales: celulares, relojes, billeteras, llaves, dejados en el recinto del gimnasio, son de única responsabilidad del propietario. Queda prohibido el uso de teléfonos celulares durante el desarrollo de las actividades de grupo.
3.10. Para las clases grupales, en caso que alguna persona desistiere de continuar con la rutina, que se estuviere desarrollando, deberá abandonar el salón, con el objeto de no obstaculizar al grupo rompiendo el desarrollo de la rutina de entrenamiento, además, deberá colocar los implementos utilizados (steps, pesitas, tobilleras, etc.) en el lugar correspondiente y en forma ordenada. Así mismo el socio/a que por algún motivo deseare descansar o tomar aire, deberá ubicarse a un costado de la clase para no molestar a quienes continúan con la rutina correspondiente.
3.11. Los socios que llegaren antes de su hora de clase deberán permanecer fuera del recinto del gimnasio hasta tanto se haya acabado la clase en curso, respetando en todo momento al profesor y a los demás socios que se encuentren en horario de clases. No podrán conversar ni hablar por teléfono dentro del recinto o hacer alguna otra rutina dentro del lugar mientras se desarrollan las clases pues distraen tanto al profesor como a los demás socios.
3.12. Para las clases de spinning se permitirá el ingreso hasta 10 minutos luego de comenzada la clase, siempre que hubieren bicicletas disponibles. Los socios que se inicien en ésta modalidad, deberán solicitar la ayuda del Instructor para la calibración exacta de la bicicleta y recibir las recomendaciones iniciales a fin de evitar accidentes.
3.13. Dentro de la sala de musculación esta prohibido saltar con cuerda.
3.14. Las salas de clases (Gimnasia, Spinning, Cintas, Yoga, Artes Marciales, etc.) estarán inhabilitadas para su uso fuera del horario establecido para las clases.
3.15. El socio/a tendrá un tiempo máximo de 30 minutos para la utilización de los aparatos aeróbicos (caminadores, bicicletas estáticas, escaladores, etc.) a fin que los mismos puedan ser utilizados en igualdad de condiciones por todas las personas que los requieran.
3.16. El tránsito dentro del recinto del tatami (piso de goma utilizado en Artes Marciales) o alfombra de Yoga, deberá realizarse exclusivamente descalzo, con zapatilla o calzado deportivo de suela plana. No se admitirá el uso de taquillas, tacos o cualquier otro calzado con suela punzante.
3.17. Está prohibido retirar cualquier tipo de implemento deportivo de uso de artes marciales fuera del recinto del Gimnasio. Estos implementos tales como: piso tatami, protectores de manos y pies, manoplas, paletas, escudos protectores, etc. serán utilizados exclusivamente durante los horarios de clases y bajo la supervisión del instructor o en los eventos tales como torneos, exhibiciones, etc., organizados por la sub comisión de artes marciales.
3.18. Las personas que no cumplieren estas obligaciones y normas no tendrán derecho a quejas o reclamos si se les negase o se les prohibiese el uso o goce del recinto del gimnasio.
3.19. Los profesores, entrenadores personales y encargados, tienen la autoridad para la aplicación de este reglamento, debiendo notificar a la Subcomisión de Gimnasio, de Pesas y Musculación o de Artes Marciales, según sea el caso, cualquier irregularidad para su estudio y sanción correspondiente, por lo tanto, los socios acatarán dicho reglamento.
4 Artículo 4°. – Norma supletoria
En todo lo no previsto se aplicarán las disposiciones del Reglamento Interno y del Estatuto Social vigentes.
Aprobado en Sesión de Comisión Directiva Nº 3155 de fecha 21 de julio de 2011.


